Consultas y contacto

Conforme al artículo 425 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística vigentes son públicos. Todas las personas tienen derecho a consultar su documentación completa y los expedientes administrativos correspondientes, así como a obtener copias y aclaraciones.

Las consultas urbanísticas se responderán mediante una certificación suscrita por el secretario del Ayuntamiento, que indicará al menos:

  1. Los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística aplicables, indicando cuando proceda:
  • Si están sometidos a procedimientos de revisión o modificación.
  • Si se ha acordado la suspensión del otorgamiento de licencias o de la tramitación de otros procedimientos.
  • Si han sido objeto de impugnación en vía administrativa o contencioso-administrativa.
  • Si su ejecutividad ha sido suspendida.
  1. La clasificación del suelo y las demás determinaciones urbanísticas significativas, tanto de ordenación general como detallada, que condicionen el aprovechamiento y la utilización del terreno, en especial las referidas a sus posibilidades de urbanización y edificación.
  2. Si el terreno tiene la condición de solar y, en caso negativo, qué actuaciones urbanísticas son necesarias para alcanzarla, qué informes deben solicitarse a otras Administraciones públicas y qué deberes urbanísticos deben cumplirse, en particular en cuanto a las obras necesarias para la conexión con los sistemas generales de vías públicas y servicios urbanos existentes y previstos, o en su defecto con las redes municipales de vías pública y servicios urbanos, y en su caso las obras de ampliación o refuerzo de los sistemas generales existentes, o en su defecto de las redes municipales existentes de forma que se garantice su correcto funcionamiento.

El Ayuntamiento, de acuerdo con el citado Reglamento urbanístico cuenta con un plazo máximo de dos meses desde que tenga entrada la consulta por escrito en el registro municipal, para remitir esta certificación.

Este documento mantendrá su eficacia mientras sigan en vigor las determinaciones de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística conforme a las cuales haya sido elaborado, y como máximo hasta pasado un año desde su emisión. Dentro de dicho plazo, la alteración de los criterios y las previsiones facilitados en la misma podrá dar derecho a la indemnización de los gastos en que se haya incurrido por la elaboración de proyectos necesarios que resulten inútiles, conforme a la legislación sobre responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas.

El Ayuntamiento además, de cada uno de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística vigentes, mantiene en las oficinas municipales, para su consulta durante el horario de oficina, un ejemplar impreso, completo y debidamente diligenciado, incluido el expediente administrativo.

A través de la página web municipal se puede consultar y descargar un ejemplar completo de la documentación en formato digital.

El Ayuntamiento puede facilitar copias impresas de la documentación de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística vigentes a quienes las soliciten por escrito.

El horario de registro de urbanismo coincide con el horario general de atención al público.

Además, los servicios técnicos municipales, todos los miércoles, de 9:00 a 14:00, y previa petición de cita en el número 923 28 90 63, atienden las consultas verbales de los particulares sobre las determinaciones de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística vigentes, en las oficinas situadas en la calle de los Arroyos, 7.

Pueden realizarse consulta a los citados servicios técnicos también a través de la cuenta de correo electrónico:    oficinatecnica@ayto-cabrerizos.com


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